jueves, 27 de octubre de 2011
Fundación de San Felipe y Santiago de Montevideo
Los nuevos pobladores tuvieron determinados privilegios: se los obligaba a hacer población, cuando la hayan acabado y cumplido su asiento en ella, se los hacia "hijosdalgo de solar conocido", beneficiarios de las honras que el titulo les otorgaba; se les adjudicaba solares en la ciudad, tierras para chacras y estancias; doscientas vacas y cien ovejas para principio de crianzas; carretas, bueyes y caballos; materiales para los edificios, herramientas de toda clase; granos para semilla y, por el primer año, suministro regular para la subsistencia, de bizcochos, yerba, tabaco, sal, ají y carne; y extensión, por el tiempo que se determinase, el pago de impuestos.
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